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La Policía rechaza la recomendación de la Defensora del Pueblo de no interrogar encapuchados a los detenidos

Argumentan que esta práctica es puntual y para preservar la seguridad de los agentes, además de que no está 'expresamente prohibido'. Concepció Ferrer aseguraba que era un 'uso desproporcionado' y 'co

JAIRO VARGAS

La delegada del Gobierno en Madrid, Cristina Cifuentes, reconocía y criticaba hace poco más de una año que algunos interrogatorios a detenidos durante manifestaciones contra las políticas de recorte del actual Gobierno, en la Comisaría de Moratalaz -donde se encuentra la Brigada Provincial de información, que se encarga de cuestiones relacionadas con los movimientos y protestas sociales-, se efectuaran con el rostro cubierto por parte de los agentes en febrero de 2012.

No sólo reconocía que los interrogatorios se realizaban de esta forma, sino que culpaba de ello al anterior Gobierno de Zapatero y a los dos ministros del Interior, Alfredo Pérez Rubalcaba y Antonio Camacho.

Sin embargo, la Dirección General de la Policía (DGP) no se muestra tan crítica con estas prácticas y ha rechazado la recomendación de la entonces Defensora del Pueblo, Concepció Ferrer i Casals, para que cesaran en la toma de declaraciones con el rostro cubierto. Una recomendación que se efectuó a instancias de una queja presentada por la Asociación Libre de Abogados (ALA) junto a la Comisión Legal de Sol del 15-M.

En la recomendación, Ferrer sostenía que 'podría parecer razonable' que los agentes mantuvieran su rostro oculto en el exterior de las dependencias policiales, por cuestiones de seguridad, pero que en el interior de comisaría 'empaña el correcto ejercicio del derecho a la asistencia letrada de los detenidos' y añadía que 'debería prohibirse expresamente' el uso de bragas o pasamontañas durante las declaraciones y lo consideraba 'un uso desproporcionado'.

'Está en juego la salvaguardia de la vida de los funcionarios policiales', defiende la DGP En su respuesta, la DGP asegura que se trata de prácticas puntuales y que se realizan para garantizar la 'seguridad de los funcionarios y la eficacia futura de determinados servicios policiales', ya que 'está en juego la salvaguardia de la vida de los funcionarios policiales'. También se escuda en que 'no está expresamente prohibido por la ley'. Prueba de ello, remarca la DGP es que el uso de prendas que oculten el rostro de los agentes 'se viene utilizando desde hace muchos años tanto por el Cuerpo Nacional de Policía' como por otros cuerpos de la UE 'sin reproche jurídico alguno'.

Considera así que no vulneran ningún derecho de las personas privadas de libertad porque los letrados defensores pueden conocer el número de carné profesional de los policías actuantes en el atestado policial y, de esta forma, 'no se puede hablar de una completa falta de identificación de los funcionarios policiales'.

En palabras de Raúl Maillo, abogado de ALA, esta respuesta es 'sorprendente', porque 'las autoridades políticas aseguraron que no lo iban a permitir', pero 'en lugar de aceptar la recomendación, la Policía hace una defensa de esta práctica que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos considera ilegal', ha declarado a Público.

ALA sostiene que interrogar a un detenido sobre el que prevalece la presunción de inocencia con el rostro oculto 'supone una práctica intimidatoria generando una sensación de inseguridad'. También niegan, 'por ser un absurdo irracional e insostenible, que ningún policía tema por su seguridad personal o integridad física' y exige que 'que se prohíban de forma inmediata y expresa estas prácticas'.

Según Maillo, el hecho de que no exista una prohibición expresa 'no quiere decir que no sea ilegal, porque en muchos casos tampoco aparecen otras que sí se las considera ilícitas'.

Por ello y añadiendo que, a pesar de lo explicado en el respuesta de la DGP, 'los policías no muestran su identificación en ningún momento', desde ALA trasladarán la postura del Cuerpo de Policía a otras instituciones como la Subcomisión para la Prevención de la Tortura de la CE y de la ONU, así como a la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas. También continuarán denunciando estas prácticas en cada caso concreto que se produzcan mediante denuncias por vulneración de derechos fundamentales y actuaciones administrativas que pueden suponer, asegura el letrado de ALA, incluso la nulidad de la declaración.

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