Público
Público

Pedraz prohibe dos actos de apoyo a etarras después de la decisión de la Audiencia

Ordena detener a los autores de los actos después de que la Audiencia revocara su decisión de permitirlos

AGENCIAS

El juez Santiago Pedraz dirigió este mediodía un oficio a la consejería vasca de Interior y a las fuerzas policiales para que prohíban los homenajes a etarras que está previsto se celebren este viernes y sábado en Villabona (Guipúzcoa).

Pedraz dictó este oficio después de que la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional le comunicara este jueves que revoca su decisión de no prohibir estos homenajes para no restringir libertad de reunión.

La Sala de lo Penal argumentó que, con la documentación aportada por la asociación Dignidad y Justicia, 'concurren claros indicios de la comisión de un delito de enaltecimiento o justificación del terrorismo' en los homenajes de Villabona.

En concreto, en esta localidad guipuzcoana estaba previsto realizar actos de apoyo a etarras este viernes y el sábado.

Estos homenajes tenían como lemas 'Encartelada de presos', 'Basta de dispersión', 'Por nuestros derechos civiles y políticos, que vuelvan a casa' y 'Caminata del pueblo vasco contraria a la dispersión'.

En este sentido, la Sala de lo Penal, en su decisión conocida este jueves, ordenaba a Pedraz que informara 'con urgencia' de esta decisión a la consejería vasca de Interior, la Ertzaintza, la Policía Nacional y la Guardia Civil para que 'adopten las medidas necesarias para hacer efectiva esta resolución' y 'prevengan la posible comisión de hechos delictivos'.

A este respecto, Pedraz trasladaba en su oficio que la consejería de Ares y las fuerzas policiales debían impedir los homenajes y comunicar cualquier 'incidencia destacable' que pudiera darse.

Asimismo, el juez dice que, tras lo decidido por la Sala de lo Penal, deberán determinarse los 'autores' de los homenajes, 'procediendo, en su caso, a la detención y puesta a disposición de este juzgado central de instrucción'.

'La jurisprudencia ha establecido que el homenaje, a través de la exhibición de fotos a personas que se encuentran en prisión desde hace años cumpliendo importantes penas por la perpetración de concretos delitos de terrorismo es un claro comportamiento de enaltecimiento del terrorismo', destaca el tribunal. 

Ahora el tribunal 'aprecia contundentes indicios de perpetración' del delito de enaltecimiento y de que la convocatoria de los actos han sido difundidos a través de la página web www.askatu.org, a la luz de 'un informe policial sobre la vinculación al entorno etarra de la persona que la registró (Saroia Galarraga)', así como los anagramas de la ilegalizada Askatasuna que aparecen en los carteles junto a las fotos de los presos etarras.

Discrepa así de los argumentos esgrimidos por Pedraz para permitir los homenajes: que estaban amparados por los derechos de información y reunión porque eran para protestar por la dispersión de los presos y no para reivindicar su actividad en ETA, por no tener constancia de que fueran promovidos por una organización ilegalizada y por no haber sido prohibidos por la autoridad gubernativa ante la que se habría informado de su celebración.

La Sala sí que ha apreciado que Askatasuna está detrás de estos actos y que han sido difundidos a través de su web, página que el juzgado de Baltasar Garzón, según recuerda el tribunal, ordenó cancelar en febrero de 2009 en la causa en la que suspendió las actividades de esta organización de apoyo a los presos de ETA.

Tampoco cree que estén amparados por el derecho de reunión porque 'del examen de la documentación' aportada por Dignidad y Justicia 'se observa que tal crítica de la dispersión se realiza sólo respecto' de los presos de ETA y esa distinción es 'la que invalida la concepción de hallarnos ante una genuina expresión de los derechos de reunión y manifestación'.

Esto es así por 'las consignas, los actos (que incluyen colocación de carteles y fotos de presos) y los convocantes, abocan racionalmente a una clara diferencia de posibles perpetración' de un delito de enaltecimiento del terrorismo.

En cuanto a si hubiera correspondido prohibir los actos al Gobierno vasco y no a la Audiencia Nacional, la Sala entiende que 'no puede dejarse al arbitrio de la autoridad gubernativa la decisión de prohibir o suspender los actos que aun quedan por celebrar' mañana y el sábado.

¿Te ha resultado interesante esta noticia?

Más noticias