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Las leyes de Franco para oficializar el miedo

La arquitectura jurídica y legal del franquismo penaba acciones de índole política y perseguía institucionalizar el miedo y la opresión.

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Una manifestación "no autorizada" o que se desarrollara fuera de los límites "permitidos por la autoridad" podía versa sancionada con una multa de hasta 500.000 pesetas en la España de 1959, según la Ley de Orden Público publicada en el BOE del 31 de julio de ese año.

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Esta norma fue el germen del Tribunal de Orden Público (TOP) -institución que comenzó su actividad hace 50 años, en diciembre de 1963- y penaba con dureza cualquier actividad "perturbadora del orden público" fomentada por asociaciones y particulares, entre otras. El concepto de actos contrarios a dicho orden era amplio e incluía los paros colectivos en empresas, cualquier iniciativa que provocara tumultos en la vía pública, desobedecer a las autoridades y las manifestaciones ilegales o que produjeran violencia, entre otros, tal y como se expone en el artículo dos de la ley.

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Asimismo, otorgaba competencias a la "autoridad gubernativa y sus agentes", es decir, a los gobernadores civiles y fuerzas de seguridad franquistas para detener a quienes cometiesen o tan sólo intentaran cometer cualquier acto considerado contrario al orden público. Irrumpir en un domicilio sin orden judicial era un proceso rutinario. De hecho, esta normativa dio cobertura legal a las prácticas sistemáticas que la policía utilizaba desde hacía tiempo y se convirtió en un instrumento de la dictadura que posibilitaba la militarización del orden público.

"Fuera de contexto, la ley de Orden Público podría no parecer tan terrible, pero su aplicación lo fue, porque se daba en un régimen opresivo", explica el historiador Manuel Álvaro Dueñas a Público. "La propia naturaleza del franquismo es un sustancialmente represiva", matiza. Prueba de ello eran las astronómicas cuantías de las multas que, en el caso de la citada norma, variaban según la autoridad que las impusiese y la entidad territorial donde se cometieran los hechos. Es decir, un alcalde podía sancionar por importes de entre 250 y 5.000 pesetas en función del número de habitantes del municipio. En localidades de 10.000 vecinos, por ejemplo, se podían llegar a abonar 500 pesetas. En el caso de los gobernadores civiles, las cuantías de las multas llegaban a las 25.000 pesetas. Hasta 100.000 si la sanción provenía del ministro de Gobernación y 500.000 si la imponía el Consejo de Ministros. Estos importes, además, podían verse incrementados en un 50% en caso de antecedentes policiales o penales. Eran sanciones administrativas que se aplicaban arbitrariamente, dejando bajo el control de la Guardia Civil, de la policía y de los gobernadores civiles a todo desafecto al franquismo.

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En febrero de 1939, un mes antes de que Franco proclamara en Burgos su victoria en la Guerra Civil tras el golpe de estado que dio contra la Segunda República, las autoridades franquistas consolidaban el terreno legal que iba a regir, con dureza y crueldad, la vida de los españoles durante los próximos años.

La Ley de Responsabilidades Políticas prohibió todos los partidos políticos y criminalizó de manera retroactiva comportamientos que eran legales en el momento en que se había cometido -durante los años de la Segunda República-. "Esa ley se concibió como un mecanismo represivo, dirigido a castigar y neutralizar al enemigo", subraya Álvaro Dueñas. La responsabilidad política se extendía desde 1934 y abarcaba tanto a quienes se opusieran a los militares sublevados como a quien mostrara "pasividad grave" al respecto.

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Dicha norma posibilitaba la creación de procedimientos para la imposición de sanciones, y constituyó la rama legal del expolio económico de los vencidos. Pero su finalidad era la perpetuación del miedo como sistema de represión, y no la recaudación de bienes. Prueba de ello es que en 1942, como consecuencia del ingente número de denuncias en tramitación, el tribunal de responsabilidades políticas se colapsó, y se decidió declarar insolventes a las personas que no tuvieran bienes que incautar, sobreseyendo sus expedientes. Un año antes, la subsecretaría de Presidencia, con Carrero Blanco a la cabeza, realizó una encuesta entre tribunales regionales y juzgados de responsabilidades políticas para conocer el número de expedientes en tramitación. En el verano de 1941, se publicaron los resultados con cerca de 150.000 expedientes y otros 100.000 en espera de iniciarse.

En 1945 se decretó la no apertura de nuevos expedientes, pero los antiguos continuaron su tramitación hasta mediados de los años 60, según un estudio de la Universidad de Castilla La Mancha publicado en 2007.

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El entramado jurídico y legal del franquismo comenzó en el propio Bando de Guerra, publicado en julio de 1936 y en vigor hasta 1948 con el pretexto de hacer frente a la guerrilla antifranquista. Con el posterior decreto 108 de septiembre de 1936, la junta de defensa nacional confiscó los bienes de los partidos políticos y comenzó la depuración de los funcionarios al servicio de la Segunda República. La ley para el empleo público, de agosto de 1939, reservaba el 80% de las plazas para oficiales, excombatientes, huérfanos y demás personas vinculadas a las ideas de los sublevados, según el estudio de la universidad manchega.

"También se anularon las reformas republicanas más avanzadas nada más comenzar la guerra, como los matrimonios civiles y el divorcio", apunta Álvaro Dueñas. "Era una legislación que oprimía fundamentalmente a las mujeres", añade.

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En un estado militarizado, hasta los delitos relacionados con el mercado negro rendían cuentas en juicios sumarísismos. Es el caso de los bienes y alimentos que se introducían en las ciudades de estraperlo, como consecuencia del estricto régimen de racionamiento. "La ley asimilaba el mercado negro a la rebelión militar, pero lo importante es cómo se aplicó: "Acabaron siendo juzgados los pequeños extraperlistas, pero nunca aquellos que hicieron grandes fortunas con el contrabando", detalla Álvaro Dueñas.

Con especial dureza se aplicaron también las leyes que perseguían la masonería y el comunismo (1940), la del bandidaje y terrorismo de 1947 y la de rebelión militar de 1943. Las dos últimas motivaron la gran mayoría de penas de muerte y años de cárcel.

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