La batalla por el mercado de la televisión digital por satélite desencadenó una de las más importantes polémicas empresariales, políticas y judiciales vividas en España en los últimos años.
Con el acuerdo de hoy, jueves, Sogecable y Mediapro han expresado su "interés" por resolver sus contenciosos "amistosamente", con independencia de cuál sea el resultado judicial de las causas que dichas empresas aún mantienen en los tribunales.
Desde el comienzo de la Liga de fútbol de 2007, las empresas propietarias de los derechos de televisión de los partidos, Audiovisual Sport (AVS), participada en un 80 por ciento por Sogecable, y la compañía Mediapro vivieron un enfrentamiento que ha desembocado en denuncias ante los tribunales y en la suspensión del acuerdo que establecía la retransmisión cada jornada de un partido en abierto, otro por Canal Plus y el resto en pago por visión.
El 24 de julio de 2006 Sogecable, Mediapro, Televisión de Cataluña y Audiovisual Sport alcanzaron un acuerdo para la explotación de los derechos audiovisuales de la Liga y la Copa de fútbol, en el marco de Audiovisual Sport, empresa de la que formaban parte, junto a Sogecable, Telefónica y Prisa entre sus accionistas y Televisión de Cataluña.
El acuerdo establecía que la comercialización de los derechos de los partidos emitidos en pago por visión y por Canal Plus se mantenía en manos de Audiovisual Sport, y la de los partidos en abierto correspondía a Mediapro, que llegó a un acuerdo con La Sexta para la trasmisión, durante tres años de un partido de Liga de Primera División cada jornada.
El pacto también señalaba que Televisión de Cataluña, que tenía un 20% de las acciones, abandonaría Audiovisual Sport, mientras que entraba Mediapro, con un 25 por ciento, productora que tiene una importante participación en el accionariado de La Sexta.
Tras el acuerdo, Mediapro comenzó una política de adquisición de derechos audiovisuales de equipos de fútbol tan importantes como el FC Barcelona y Real Madrid.
El 3 de julio de 2007 Audiovisual Sport demandó judicialmente a Mediapro para exigir el cumplimiento de sus obligaciones de pago y una indemnización por daños y perjuicios.
Según Audiovisual Sport, el acuerdo de julio de 2006 establecía que la renovación de los contratos con los equipos de fútbol correspondía a la propia AVS.
El 18 de julio de 2007 Mediapro anunció que tenía los derechos audiovisuales de 38 de los 42 clubes de Primera y Segunda división a partir de la temporada 2009-2010.
Mientras que Audiovisual Sport anunciaba su decisión de suspender la señal de los partidos de la Liga de Fútbol a Mediapro por el supuesto impago de una deuda de 58 millones de euros, la productora comenzó a ofrecer partidos previstos para emitir en pago por visión.
El 9 de octubre de 2007, la justicia impuso a Mediapro el cumplimiento hasta el final de esta temporada del contrato que firmó con Audiovisual Sport el 24 de julio de 2006, según el cual, de los partidos de la Primera División de Liga, habrá uno en abierto, y el resto serán para Canal + y Digital + (Sogecable).
El 15 de julio de 2008, la Audiencia Provincial de Madrid estimó el recurso de apelación interpuesto por Mediapro contra una resolución judicial que le impedía ampliar su demanda contra Audiovisual Sport y Sogecable.
Posteriormente, el 29 de julio del mismo año, también la Audiencia Provincial revocó las medidas cautelares adoptadas por la juez de la demanda entre Mediapro y Sogecable por los derechos de los partidos de Primera División, aceptando así un recurso de la primera.
En un auto el tribunal dejó sin efecto la orden de la jueza que, en el mes de octubre de 2007, prohibió a la productora Mediapro explotar los derechos audiovisuales de los clubes de fútbol de Primera División más allá de su acuerdo con Audiovisual Sport (AVS), controlada por Sogecable.
El auto de la jueza aceptaba una petición de AVS y disponía que se hiciera la "utilización legítima" de los derechos fijada en el contrato que las dos operadoras se acusan de haber incumplido.
La Audiencia Provincial estimó entonces el recurso de Mediapro contra aquella medida y la revocó.
Este tribunal admitió el pasado 15 de julio otro recurso de apelación de Mediapro contra una resolución del Juzgado de Primera Instancia número 36 de Madrid (el que entiende de la demanda) y permitió a Mediapro ampliar su demanda contra Audiovisual Sport, aceptando a su vez determinadas medidas cautelares que ésta solicitaba.
Ese mismo día 15 de julio y en coherencia con esa resolución se dictó este segundo auto en el que el tribunal revoca las medidas cautelares adoptadas por la jueza a favor de AVS.
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