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La Fiscalía sale al quite y se opone a las dos demandas de paternidad contra Juan Carlos I

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En Derecho Civil es clave la presentación de un principio de prueba suficiente para que una reclamación sea admitida a trámite. Y ahí se ha agarrado la Fiscalía del Tribunal Supremo para evitar que Juan Carlos I afronte dos demandas de paternidad, presentadas por separado y reactivadas tras su abdicación, por Alberto Solá e Ingrid Sartiau.

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La Fiscalía presentó un primer escrito en el que accedía al trámite para que ambos casos fueran vistos por el Supremo. Pero en un segundo escrito presentado ante el alto tribunal, el ministerio público rechaza que se admitan a trámite ambas demandas de paternidad.

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Por un lado, rechaza la demanda de Solá porque considera ilícita una supuesta prueba de ADN realizada al padre de Felipe VI.  Era la baza del supuesto hijo biológico de Juan Carlos I: un exagente del servicio secreto español se hizo con un vaso donde había bebido el rey y elaboró una prueba de ADN. El perito está dispuesto a testificar ante el Tribunal Supremo para probar que son padre e hijo.

Por otro lado, la otra supuesta hija, Ingrid Sartiau, argumentó en su demanda que no son hermanos, que la última de las pruebas de ADN lo descarta y que acudió a la vía judicial presionada por Solá y por los medios de comunicación.

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"Y por eso no hay ninguna base para admitir la demanda -argumenta la Fiscalía-, porque si Ingrid Jeanne Sartiau no es hermana de padre de Alberto Solá Jiménez ¿qué demanda admitimos? La de Ingrid o la de Alberto, y la consecuencia lógica es que ninguna de las dos, pues no aportan ninguna el principio de prueba exigido por el artículo 767 de la Ley de Enjuiciamiento Civil".

Es de destacar que el mismo experto que realizó la prueba de ADN que sólo les da una coincidencia del 35%, elaboró otras dos pruebas y en una de ellas certificó una coincidencia genética superior al 90% entre Solá y Sartiau.

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La Fiscalía rechaza que el Supremo estudie el informe del exagente, que llegó a Solá "hace escasas dos semanas proveniente de una persona cercana a él", según sostenía su abogado en la demanda mientras pedía que si esta prueba no era admitida se realizara otra. Es ilegal y es una mera hipótesis, a su juicio.

El fiscal  José María Paz Rubio argumenta ante el Supremo que no se ha aportado una prueba de filiación, como requiere la doctrina de la Sala de lo Civil del Supremo para aceptar este tipo de demandas.

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En caso de que Alberto Solá Jiménez fuera reconocido como hijo de Juan Carlos I, entonces este camarero de Girona sería el primogénito del rey, ya que nació en 1956 , lo que tendría posibles consecuencias telúricas.

Cuando Juan Carlos I abdicó, lo primero que hizo Solá fue acudir a la Audiencia de Madrid para informar que había un hecho relevante en su demanda de paternidad interpuesta: el rey había dejado de ser inviolable. La Audiencia de Madrid fijó para el 9 de septiembre de 2014 la deliberación de su recurso contra la decisión del Juzgado de Primera Instancia número 34 de archivar su demanda porque el jefe del Estado es inviolable.

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El Gobierno reaccionó con una chapuza exprés: reformó la legislación a uña de caballo para aforar a Juan Carlos I ante el Tribunal Supremo, hasta el punto que lo hizo de forma retroactiva e incrustando la modificación de la Ley Orgánica del Poder Judicial en una ley orgánica que estaba en trámite en el Parlamento sobre la racionalización del sector público.

Por su parte, Sartiau se subió a la estela de Solá y la Audiencia de Madrid se inhibió a favor del Tribunal Supremo, como acababa de aprobar el Parlamento que ordenaba la remisión de todas las demandas al Alto Tribunal "inmediatamente".

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Ahora, será el Supremo el que dirima estas dos demandas de paternidad.

 

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