La Fiscalía mantiene su petición de pena de 4 años y seis meses de cárcel para el ex conseller del Territorio del Consell de Mallorca Bartomeu Vicens, y 3 años y 2 meses para el ex director insular Damià Nicolau por encargar un informe "inútil" valorado en 12.020 euros.
Este informe fue presuntamente plagiado de internet y presumiblemente se utilizó después para un supuesto pelotazo urbanístico en el polígono industrial de Son Oms.
El asunto juzgado en Palma es una pieza separada del caso Son Oms, donde la Justicia investiga el presunto pago de comisiones en la construcción de naves de este polígono industrial, situado junto al aeropuerto de Palma.
En su escrito final de conclusiones, el fiscal anticorrupción Joan Carrau insiste en que tanto el diputado autonómico Vicens como Nicolau, ex dirigentes de UM, han concurrido en sendos delitos de malversación de caudales públicos y prevaricación administrativa, si bien los abogados de ambos han defendido con firmeza que no existen pruebas que los acrediten.
El abogado de Tomás Martín, el tercer acusado, que redactó y cobró en 2007 el informe sobre la valoración del suelo de Mallorca encargado por Vicens, se ha adherido al escrito final de la Fiscalía tras reconocerse cooperador de un delito de malversación de caudales públicos.
El fiscal le aplica las atenuantes de confesión del delito y de reparación del daño tras abonar el dinero cobrado. Aunque el Ministerio Fiscal pedía en un principio 9 meses de prisión, finalmente ha sustituido esta pena por el pago de 4.320 euros.
Ninguno de los tres acusados ha ejercido su derecho a la última palabra en este juicio celebrado ayer y hoy en la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares (TSJIB), presidida por Antonio Terrasa, y que ha quedado visto para sentencia.
En su intervención, Carrau ha asegurado que Vicens quiso beneficiar de "manera arbitraria" y con fondos públicos a su amigo y contable de su empresa Tomás Martín con el objetivo de favorecer servicios prestados en el pasado y otros futuros, incluso con carácter "delictivo".
El fiscal concluye que dicho informe, una copia de otro realizado por una empresa de Canarias y que en ningún momento menciona a Mallorca, era un trabajo "inútil" que no se empleó para nada, que fue a parar a un cajón y que ni fue examinado por ningún técnico del Consell de Mallorca.
Carrau considera verídica la versión ofrecida por Martín, que incluso llegó a advertir a su amigo Vicens que ni carecía de la formación necesaria para realizar el informe ni contó con directriz alguna sobre cómo hacerlo.
El abogado Eduardo Valdivia ha pedido la absolución de su defendido, Bartomeu Vicens, y ha explicitado al tribunal su "perplejidad" porque la argumentación de la Fiscalía se fundamenta en presunciones, no en pruebas.
El propio fiscal, ha precisado el letrado, reconoce que su defendido no se lucró por este informe y ha respondido a Carrau que "no había nada que compensar (a Martín), ni en el pasado, ni en el presente, ni en el futuro".
"No se puede presumir nada contra Vicens", ha manifestado su abogado, que ha dicho que Martín, licenciado en Económicas y con "currículum vitae de ministro", estaba perfectamente capacitado para realizar el encargo, que está justificado -ha mantenido Valdivia- por el "tremendo problema" inmobiliario de Mallorca en el año 2007.
El letrado Fernando Rosselló ha argumentado que su defendido, Damià Nicolau, carecía de competencias para intervenir en los contratos menores, caso de éste, y de cualquier función fiscalizadora. Carrau afirma que el miembro de UM emitió informes y dictámenes para dar cobertura jurídica que hiciera posible la contratación del estudio.
En cualquier caso, Nicolau ni sabía de las intenciones de Vicens ni conocía a Martín, ha apostillado su abogado, para quien las acusaciones realizadas por el fiscal no pueden considerarse prueba de cargo.
Finalmente, Gaspar Oliver, defensor de Martín, ha recordado que su cliente reconoció en su día su delito y devolvió el dinero, al tiempo que ha defendido las dos atenuantes tenidas en cuenta por el propio fiscal.
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