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Las embarazadas tendrán preferencia en las ayudas a la vivienda de la Generalitat

El Consell destaca que se trata de uno de los compromisos incluidos en el 'Programa+Vida'

EFE

Las embarazadas tendrán preferencia en las ayudas para compra, alquiler o rehabilitación de viviendas incluidas en los Planes de Vivienda de la Generalitat, ha anunciado hoy el vicepresidente social y conseller de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda de la Comunidad Valenciana, Juan Cotino.

En un comunicado, Cotino ha destacado que se trata de uno de los compromisos del Consell incluidos en el 'Programa+Vida' de apoyo a la maternidad, con el que se pretende poner los medios, tanto de carácter social, como económicos, educativos y sanitarios, para dar protección tanto a la madre como a la vida en formación.

'El Programa+Vida impulsado por el Consell constituye una verdadera apuesta progresista por la vida, que convierte a la Comunitat Valenciana en un referente nacional en materia de apoyo a la mujer embarazada y a la maternidad', ha dicho el vicepresidente.

'El Programa+Vida impulsad constituye una apuesta progresista'

Según él, se trata de la primera vez que un gobierno autonómico incluye entre los beneficiarios de especial protección a la mujer embarazada, lo cual forma parte de la política social integral que está desarrollando la Generalitat para ocuparse de las personas que más lo necesitan.

La nueva normativa considera que las mujeres gestantes tendrán derecho a protección preferente como beneficiarias de las ayudas contempladas en los planes de vivienda, siempre que cumplan los requisitos que la normativa reguladora establece.

Además, la vida en formación computará como uno o varios miembros más de la unidad familiar de la que forme parte la mujer embarazada, dependiendo del número de hijos que ésta espere, desde el momento de la fecundación.

Además de las embarazadas, otro de los colectivos con derecho a protección preferente son las personas que acceden por primera vez a una vivienda, los jóvenes de hasta 35 años, las personas mayores de 65 y las familias numerosas y monoparentales con hijos.

También lo son las personas dependientes o con discapacidad, separados y divorciados, las mujeres víctimas de la violencia de género, las víctimas del terrorismo y los afectados por situaciones catastróficas, así como personas sin hogar o procedentes de operaciones de erradicación del chabolismo.

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