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La defensa pedirá al Tribunal que considere un informe favorable a la operación urbanística

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La defensa de la diputada regional socialista Esperanza Rozas va a pedir al Tribunal Superior de Justicia de Madrid que considere en los fundamentos jurídico un informe favorable a la operación urbanística en Torrejón de Ardoz por la que hoy han sido condenados catorce personas que fueron ediles en 2001.

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El TSJM ha condenado a la "número dos" del partido, Trinidad Rollán, a ocho años de inhabilitación especial para cargo público por prevaricar en el municipio de Torrejón de Ardoz, del que era alcaldesa en 2001.

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Por el mismo caso a condenado a ocho años de inhabilitación a otros dos socialistas y a siete años a otros once acusados -todos concejales de Torrejón de Ardoz por el PSM y el PADE cuando ocurrieron los hechos-, entre ellos a Esperanza Rozas.

Wilfredo Jurado presentará mañana ante el TSJM un recurso de aclaración de la sentencia para que corrija lo que entiende que son errores, antes de presentar uno de casación ante el Supremo.

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En concreto, asegura que el Tribunal da como hecho probado que la operación de permuta de una parcela (hecho que ha sido enjuiciado) contaba con la existencia de un informe favorable del abogado municipal y de otro negativo del secretario del Ayuntamiento.

Sin embargo, en los fundamentos jurídicos de la sentencia sólo se incluye el desfavorable del secretario.

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"No doy crédito al hecho de que se ponga como hecho probado el informe positivo del abogado municipal y luego no se extraigan las consecuencias jurídicas en los fundamentos de la sentencia", ha dicho Jurado a Efe.

Asimismo, ve "ridículo" que condene a ocho años de inhabilitación a Rollán y al entonces concejal de Cultura Valentín Gómez "cuando la sentencia señala que no tuvieron conocimiento de los hechos".

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Jurado confía en que el TSJM "subsane" esos "errores", de manera que pueda a continuación presentar un recurso de casación ante el Supremo, que en cualquier caso tendrá como línea de defensa la idea de que el informe favorable a la operación de suelo no ha tenido la misma consideración jurídica que el negativo emitido por el secretario municipal.

Según una nota difundida por el PSM y redactada también por Jurado "el desacuerdo entre ambos técnicos - abogado y secretario - versa sobre si la transmisión de unas parcelas para urbanizar otras destinadas a viviendas sociales habría de hacerse mediante permuta (tesis que mantiene la Abogada) o mediante concurso (tesis que mantiene el Secretario).

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No obstante, hace hincapié en que el fallo del TSJM "rechaza cualquier ánimo de lucro a los concejales que votaron a favor del convenio urbanístico y que el objetivo no era otro que lograr una urbanización de unas parcelas para la construcción de viviendas de protección oficial".

Asimismo, recuerda que "fueron innumerables las pruebas solicitadas por las defensas, denegadas por el Tribunal contra las cuales se dejó la oportuna protesta. La sentencia ni siquiera se refiere a ellas vulnerando manifiestamente el derecho de defensa".

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La sentencia leída hoy coincide con la petición de pena formulada por el fiscal durante el juicio celebrado el pasado diciembre.

El hecho juzgado es un convenio aprobado por el pleno de Torrejón de Ardoz el 26 de noviembre de 2001 para que la sociedad Patrimonios Siglo XXI materializara a su costa las obras de urbanización de terrenos propiedad del Ayuntamiento por un montante de 539 millones de las antiguas pesetas.

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Tras conocer el fallo, dirigentes socialistas se han reunido en su sede de Madrid, aunque la reacción ha sido de tipo jurídico, por el abogado, y no política.

Está previsto que los concejales socialistas en Torrejón den mañana su opinión ante la prensa.

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