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Condenado a siete años y medio un miembro de Segi por incendiar una parada de tranvía en Vitoria

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La Audiencia Nacional ha condenado a siete años y medio de cárcel al miembro de Segi Ekaitz Samaniego por un ataque con cócteles molotov contra una parada del tranvía de Vitoria, en septiembre de 2009, mientras que ha absuelto al otro acusado por estos hechos, Adrián Donnay, por falta de pruebas.

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El fiscal pedía 14 años de cárcel para cada uno por integración en ETA como miembros de la ilegalizada Segi y por daños terroristas, sin embargo, en su sentencia, la sección tercera de la Sala de lo Penal considera que la prueba contra Donnay es "insuficiente" y en el caso de Samaniego cree que no concurren las circunstancias agravantes que le atribuía el Ministerio Público.

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Así, descarta la agravante de disfraz porque no consta que "utilizase capucha, braga o trapo cubriendo el rostro" y tampoco aprecia "circunstancias que determinen una especial perversidad, gravedad o peligro" en el ataque, por lo que decide imponer las penas mínimas para cada delito: seis años por pertenencia a ETA y un año y seis meses por daños terroristas sin riesgo para la vida.

Respecto a Donnay, el tribunal, presidido por Alfonso Guevara, entiende que la prueba contra él "es insuficiente, ambivalente y susceptible de ser interpretada de modo diverso".

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A Donnay, detalla la sentencia, sólo se le intervino un cartel con el eslogan Jo Ta Ke (pega y corre) "habitual" de la rama juvenil de ETA y éste alegó que ya se encontraba en la casa en la que vivía de okupa cuando él llegó, mientras que a Samaniego se le incautó "todo un arsenal de pegatinas, pasquines, recortes, papeles y anotaciones en relación con Segi".

Además, añade el tribunal, "la persistencia" de Samaniego en distintas acciones a favor de Segi "acredita, asimismo, una continuidad en el tiempo que supera la episódica colaboración, y acredita la pertenencia por la que se le acusa".

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Los actos a los que Donnay acudió contra el tren de alta velocidad o a charlas de miembros de Segi, así como que viviera en una casa okupa, sólo permiten concluir que simpatiza con sus postulados, "pero no permiten inferir, sin duda alguna, que Adrián haya dado el paso de ser mero simpatizante a integrar sus filas".

Del lanzamiento de los cócteles molotov contra la parada del tranvía, que provocó un incendio en la marquesina y en la máquina expendedora, Adonnay, según la sentencia, aparece "huérfano total de prueba", pero Samaniego fue detenido "a escasos 15 minutos de la deflagración, tras una persecución policial".

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La detención de Samaniego fue por tanto "en una quasi flagrancia" al ser visto por un testigo (al que se le concedió la condición de protegido) "a pocos metros del lugar de los hechos" y además cuando fue arrestado desprendía un "fuerte olor a gasolina".

Por todo ello, el tribunal declara probado que en la noche del 27 al 28 de septiembre de 2009, en el marco de una "jornada de lucha" convocada por Segi, Samaniego, "solo o en compañía de otro", roció con gasolina la máquina expendedora de la estación de Euskotran "Gernikako Arbola" y acto seguido lanzó un cóctel molotov, "causando una explosión y llamaradas intensas" que alcanzaron la marquesina.

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Los daños han sido tasados en 54.140,44 euros, cantidad con la que el acusado deberá indemnizar a la empresa Eusko Trenbideak Ferrocarriles Vascos.

Tras el ataque, Samaniego salió corriendo, pero como la comisaría de la Ertzaintza se encuentra en las inmediaciones, "nada más producirse el fogonazo" una patrulla se acercó y habló con un ciudadano que les indicó que un individuo acababa de pasar "corriendo y jadeando" y les facilitó su descripción física.

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Samaniego fue localizado por otra patrulla cuando saltaba una verja del parque Arriaga, pero al darle el alto éste siguió corriendo y tras una persecución fue detenido en las inmediaciones de la iglesia del Pilar, momento en el que lanzó sucesivos gritos de "Gora ETA".

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