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Condenado un bar de León a pagar 2.289 euros a la SGAE por difundir música sin autorización

lLos demandados alegaban que ponían 'house', cuyos autores no están asociados a la SGAE. Una grabación acredita que sonó Melendi y Alejandro Sanz

EFE

La Audiencia Provincial de León ha condenado a los responsables de una sociedad mercantil de León al pago de una indemnización de 2.289 euros a la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) por difundir música sin autorización en uno de sus bares, según la sentencia a la que ha tenido acceso EFE.

Así, la Audiencia Provincial ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por la sociedad leonesa responsable del bar en el que se cometió tal infracción y ha confirmado la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia número ocho y Mercantil de León el 7 de julio de 2008.

En el recurso, los demandados alegaban que la música que se reproducía en el local sujeto a juicio era la denominada 'house' o alternativa, cuyos autores, intérpretes o compositores no están asociados a la SGAE.

Según su versión, la música procedía o bien de Internet, de las páginas web de música libre, en la que una serie de grupos permiten la descarga gratuita de las piezas, o era creada en el propio local, a través de pinchadiscos.

No obstante, la sentencia de la Audiencia Provincial de León concluye que aunque ciertamente se pueda sostener que este tipo de música no está incluida dentro del repertorio gestionado por la SGAE, la grabación practicada en el local aportada por la entidad demandante acredita que se ha reproducido en el local música de cantantes conocidos, como Alejandro Sanz o Melendi.

Por ello, ha fallado en contra de la sociedad mercantil leonesa, que deberá de pagar la indemnización a la SGAE de 2.289 euros, así como asumir las cotas procesales.

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