La Audiencia Nacional investigará a Catalunya Banc por la venta de "productos tóxicos"
El juez Andreu retoma el caso contra la entidad catalana tras la denuncia de Adicae contra el consejo de administración por los supuestos delitos de estafa y apropiación indebida
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La Audiencia Nacional ha obligado al juez Fernando Andreu a investigar a Catalunya Banc por comercializar productos tóxicos, entre los que se encontraban swaps, preferentes, deuda subordinada, cláusulas suelo de las hipotecas, participaciones preferentes y deuda subordinada.
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Así consta en un auto dictado este miércoles por la Sección Cuarta de la Sala de lo Penal en el que se admite el recurso de apelación presentado por la asociación de usuarios Adicae y se revoca la decisión del juez instructor de inadmitir a trámite la querella presentada por este colectivo.
Adicae se querelló en octubre de 2012 contra el consejo de Administración de Catalunya Banc por los supuestos delitos de estafa y apropiación indebida. El titular del Juzgado Central de Instrucción número 4 rechazó la admisión a trámite en abril pasado y confirmó su decisión en reforma en junio.
El auto de la Sala, dictado por los magistrados Ángela Murillo, Carmen Paloma González y Juan Francisco Martel, censura al juez Andreu, instructor del caso Bankia, por no haber considerado delito la venta de "productos denominados públicamente como tóxicos a consumidores sin formación financiera".
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A juicio del tribunal, la decisión de inadmitir la querella pudo resultar "prematura", al ser "un hecho notorio el importante número de usuarios bancarios que, guiados o aconsejados por los comerciales o directores de las sucursales bancarias con las que siempre han trabajado, han procedido a adquirir, según sus posibilidades y circunstancias, alguno de los productos mencionados en la querella".
Los usuarios, según el auto, adquirieron estos productos por no haber recibido "la oportuna información sobre los factores negativos o perjudiciales" que conllevaban. Por este motivo, la Sala ordena "llevar a cabo una serie de diligencias tendentes a conocer si la actividad financiera desplegada por la entidad querellada reúne los requisitos de tipicidad penal".
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En todo caso, la Sala de lo Penal, superior jerárquicamente al juez instructor, entiende que los actuales miembros del Consejo de Administración de la entidad querellada "no tienen responsabilidad alguna en el endoso y comercialización de los referidos productos".
El auto también reprocha a Andreu que entendiera que "el auto de inadmisión a trámite de la propia querella no supone indefensión ni infracción a la tutela judicial efectiva" y que considerara que "en el momento en que se comercializaban tales productos, la entidad querellada no existía como persona jurídica".
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No obstante, el tribunal califica de "cuando menos extraño" que Adicae no haya aportado "ni la documentación necesaria donde se refleja cada una de estas operaciones, ni la forma en que los usuarios han procedido a rellenarlas ni la naturaleza y significado de cada uno de esos instrumentos financieros presuntamente falaces".
A pesar de aceptar la querella de Adicae, el tribunal califica de "cuando menos extraño" la falta de documentosTambién le reprende por no haber concretado "si la entidad querellada ha participado, llevado a cabo o conocido esas diversas formas de comercialización de operaciones financieras". "Lejos de lo anterior, se ha limitado a solicitar como diligencias a practicar la declaración de los miembros del Consejo de Administración de una entidad todavía inexistente en el momento en que se circunscribe la querella presentada", señala.
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En este punto, la Sala sostiene que "el esclarecimiento de los hechos expuestos en la querella requiere no sólo que el instructor recabe los datos que considere oportunos para su esclarecimiento sino que la entidad querellante que supuestamente tiene más conocimiento de los hechos que expone en su querella, aporte los elementos necesarios imprescindibles para poder averiguar la realidad denunciada".
Con la admisión a trámite de esta querella la Audiencia Nacional investiga a un total de nueve entidades bancarias. Además de Caixa Banc, los jueces instructores investigan a Bankia, Caixa Penedès, Banca Cívica, Novacaixa Galicia, Banco de Valencia, la Caja de Ahorros del Mediterráneo, Eurobank y Caja Castilla-La Mancha.