La AEPD recurrirá la sentencia del Supremo sobre la apostasía
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La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) pedirá al Tribunal Supremo la anulación de la sentencia que impide la cancelación de los datos en los libros de bautismo, lo que en la práctica supone apostatar.
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El Tribunal Supremo falló el 19 de septiembre que no se puede exigir a la Iglesia Católica que registre la renuncia a la fe en el libro de bautismo ya que no considera que éste constituya un fichero.
La AEPD expuso el martes que solicitará al Alto Tribunal la anulación de la sentencia mediante un trámite de nulidad de actuaciones e interpondrá un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, a través del Fiscal General de Estado y el Defensor del Pueblo, para que los libros bautismales reciban el trato de datos organizados en torno a un criterio.
El director de la agencia, Artemi Rallo, afirmó que la presentación de este incidente de nulidad se debe a que creen que se ha incurrido en una aplicación indebida de la ley y en una interpretación errónea.
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"Es una aplicación de la legalidad irrazonable del artículo 24 de la Constitución", aseguró Rallo quien considera que la sentencia del Supremo restringe la protección de los datos de carácter personal a los ficheros informatizados, que sólo constituyen un 30 por ciento de las bases de datos registradas en la Agencia.
El director de la agencia aclaró que ésta no entra en el debate en torno a la apostasía sino que se limita a "proteger derechos fundamentales y aplicar la ley" apuntando que estos ficheros contienen datos especialmente protegidos al estar relacionados con las creencias.
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Al ser preguntados si pensaban recurrir a una instancia superior, como el Tribunal Internacional de Derechos Humanos, en caso de recibir una sentencia desfavorable Rallo indicó: "No es un supuesto que estemos valorando, ya tenemos bastante".
(Información de Ariela Navarro. Edición de Emma Pinedo. Redacción de Madrid; + 34 915858341; Madrid.online@thomsonreuters.com))